Con la Carta apostólica De aliquibus mutationibus in normis de electione Romani Pontificis, publicada en Roma, en forma de Motu proprio, el 11 de junio de 2007, en el tercer año de mi pontificado, establecí algunas normas que, abrogando las prescritas en el número 75 de la Constitución apostólica Universi Dominici gregis promulgadas el 22 de febrero de 1996 por mi predecesor el beato Juan Pablo II, restablecieron la norma, sancionada por la tradición, según la cual para la elección válida del Romano Pontífice se requiere siempre la mayoría de dos tercios de los votos de los cardenales electores presentes.
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